La trasposición de las directivas europeas en España ha ido produciendo una serie de Leyes y Normas, como el Código Técnico de la Edificación, (cuyo Documento Base de Ahorro de Energía se va actualizando progresivamente), el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios, y más recientemente el R.D. 235 de/ 2013 de 13 de Abril, de procedimiento básico de la Certificación Energética.
También se publicó la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbana, con la que se implanta el Informe de Evaluación del Edificio, que incorpora los aspectos de eficiencia energética, y el Plan estatal de fomento del alquiler de viviedas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración urbana, 2013-2016.
Todo ello supone un nuevo enfoque normativo tendente a conseguir que los edificios tengan un comportamiento energético eficiente, con mínimos consumos y altos niveles de confort térmico.
El panorama energético internacional obliga a establecer estrategias nuevas de explotación de los edificos, donde el consumo energético es una variable clave a tener en cuenta. Cada vez más la Eficiencia Energética es un plus en la imagen comercial de una entidad. Ya no es viable la mentalidad del siglo XX, en la que se diseñaban los edificios sin tener en cuenta estos aspectos, y se dimensionaban los sistemas de climatización por exceso.
En España existe un parque edificatorio obsoleto con un gran número de edificios que no tienen un comportamiento energético adecuado, lo que supone un alto coste de mantenimiento, consumo energético y emisiones de CO2 a la atmósfera.
La Rehabilitación Energética permite un ahorro considerable en el consumo energético. Tras el análisis de cada caso concreto de construcción y uso, mediante la transformación de algunos elementos de la envolvente térmica, protecciones solares, etc, y la sustitución y renovación de algunas instalaciones de climatización, así como la incorporación de sistenmas de gestión, se pueden obtener ahorros de más de un 50 % en consumos de energía primaria, lo que supone ahorros considerables en facturas, los cuales permiten obtener plazos muy razonables de recuperación de la inversión realizada, entre 2 y 10 años, según el caso.
En muchas ocasiones, cuando se va a rehabilitar un edificio, por razones de patología, renovación y acondicionamiento, etc, la incorporación de criterios de eficiencia energética pueden suponer un sobrecoste inferior al 5 %, que redundan en grandes ahorros energéticos, por lo que son en todo caso recomendables.
El equipo técnico de UNIDAD PROYECTOS Y OBRAS S.L. está capacitado para faciltarle el proceso de mejora en el comportamiento energético de sus edificios, con los siguientes aspectos:
Arquitectura Bioclimática. Diseño de forma volumen e implantación de acuerdo con el clima del lugar, y conforme al entorno, utilización de sistemas pasivos de aislamiento, y materiales adecuados.
Energías renovables. Incorporación de sistemas de captación, almacenamiento y generación de energías renovables, solar térmica, solar fotovoltaica, geotermia, micro eólica.
Eficiencia energética. Elección de los materiales, sistemas de protección y fuentes de energía de manera que se maximice el ahorro energético.
Rehabilitación energética. Análisis del estado de la edificación, propuesta de mejoras, ejecución de las obras e instalación de los sistemas.
Certificación Energética. Podemos realizar el estudio, y cálculo para la calificación energética de su edificio, ya sea de vivienda, terciario de oficinas u otros. Asimismo, podemos acompañarle en el proceso de obtención de certificados de eficiencia energética, como LEED, VERDE, BREAM, etc.